Lola Hernandez Caballero/ enero 7, 2021/ Actualidad, Comercio electronico, General/ 0 comentarios

adaptar la web a la actualización de la Guía de «cookies»

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha actualizado este año la Guía sobre el uso de las «cookies» para adaptarla a las Directrices sobre consentimiento modificadas en mayo de 2020 por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD). Los nuevos criterios deberían haberse implementado, a más tardar, el 31 de octubre de 2020, estableciéndose así un periodo transitorio de tres meses para la adaptación.

Puedes ver y descargar a la Guía sobre el uso de las Cookies en español en este enlace.

Protección de Datos da tres meses a las empresas para adaptarse a la actualización de la Guía de «cookies»

Los nuevos criterios debían implementarse, a más tardar, el 31 de octubre de 2020 , estableciéndose así un periodo transitorio de tres meses para la adaptación.

Si aún no has adapatado tu web, tienes hasta el 31 de enero para poder hacerlo.

«Seguir Navegando» y «Muros de Cookies»

El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) revisaba el pasado mes en mayo de 2020 las Directrices 05/2020 sobre consentimiento con el fin de aclarar su posición en relación con dos cuestiones: la validez de la opción “seguir navegando” como forma de prestar el consentimiento por parte de los usuarios y la posibilidad de utilizar los conocidos como “muros de cookies”, es decir, de limitar el acceso a determinados servicios o contenidos sólo a los usuarios que acepten el uso de cookies.

La opción de “seguir navegando” no constituye en ninguna circunstancia una forma válida de prestar el consentimiento, en la medida en que tales acciones pueden ser difíciles de distinguir de otras actividades o interacciones del usuario, por lo que no sería posible entender que el consentimiento es inequívoco.

Respecto a los “muros de ‘cookies’”, el Comité ha precisado que, para que el consentimiento pueda considerarse otorgado libremente, el acceso al servicio y a sus funcionalidades no debe estar condicionado a que el usuario consienta el uso de cookies.

Muro de cookies: ventana emergente o pop-up que impide el acceso al contenido de la página web o tienda online, obligando a aceptar el uso de las cookies para poder acceder y navegar.

Por tanto, los principales cambios introducidos por la AEPD para adecuarse a las imposiciones de la CEPD son los siguientes:

  • La eliminación de la opción de consentimiento de las cookies a través de la opción “seguir navegando”.
  • La prohibición del uso de los muros de cookies si no se ofrece una alternativa al consentimiento.
  • Se modifican y aclaran algunos aspectos relativos a los métodos para informar sobre la revocación del consentimiento a los usuarios.

¿Qué implican estos cambios en la Ley de cookies?

En primer lugar, ya no vale con que el usuario comience a navegar por la página, haciendo scroll a través de ella o haciendo click en cualquiera de los enlaces y botones de la misma para dar, para asumir que ha aceptado el uso de cookies propias y de terceros.

Las cookies no se instalarán hasta que el usuario haga explícita su voluntad de aceptarlas mediante un botón del tipo “Aceptar las cookies” y términos derivados que expresen aceptación y conformidad.

Además de esto, los muros de cookies no estarán permitidos bajo ningún concepto. Se debe habilitar la posibilidad al usuario de continuar con la navegación por la página sin obligarle a aceptar las cookies para poder acceder al contenido.

Las cookies de terceros

Por último, si se utilizan cookies de terceros, el contrato entre el encargado del tratamiento de los datos y dichos terceros debe incluir las cláusulas en las que se indique al detalle la manera en la que se ofrecerá al usuario la información indispensable sobre el uso de las cookies, la forma en la que se obtendrá su consentimiento y los medios, y consecuencias que podría conllevar la falta de consentimiento.

La importancia de activar las cookies

Las cookies son muy necesarias. Ayudan a ofrecer una mejor usabilidad de la web, el correcto funcionamiento de plugins y herramientas sociales y en la personalización de la publicidad y los contenidos que podemos encontrar en las páginas online.

El uso de cookies es una herramienta necesaria para mejorar el funcionamiento de las webs y la publicidad que realizan. 

Por ello, debemos concienciarnos sobre la importancia que tiene la transparencia y la necesidad del consentimiento explícito.

Es importante aplicar las medidas impuestas por la Unión Europea y la AEPD para proteger al usuario y la información que recibimos de ellos, además de evitar posibles sanciones.

También debemos tener en cuenta que estas restricciones pueden afectar a las conversiones. Todos aquellos que rechacen el uso de cookies perderán la oportunidad de compartir contenido directamente en sus redes sociales, y existen aplicaciones como Google Analytics y Facebook Ads que necesitan estos datos para que los propietarios de negocios online puedan realizar mejoras en la usabilidad de sus negocios.

¿Cumples ya con las nuevas medidas de la Ley de Cookies? ¡Cuéntanoslo!

También te puede interesar…

Rate this post
(Visited 143 times, 1 visits today)
Compartir esta entrada

Acerca de Lola Hernandez Caballero

Creadora del medio digital independiente destinocastillayleon.es y la tienda online de experiencias gastronómicas únicas destinoysabor.com. Consultora de Marketing online y ecommerce. Escribo para el blog de Interdominios sobre los temas que me apasionan: hosting, apps, tecnología, ecommerce, productividad, etc

Dejar un Comentar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*
*

El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.